26.1.10

La situación laboral del guionista en el 2010 a.D. (antes de Domínguez)

Hola guionistas:
Primero, enhorabuena por el blog (Bloguionistas), es una suerte tener reunidas a tantas mentes preclaras en una misma web.
Solo querría preguntarles cual es la regulación fiscal que se aplica en su trabajo, cobran una nómina, como casi todo hijo de vecino, o están en régimen de autónomos, lo cual puede llegar a ser un gran inconveniente según el mes. Es una curiosidad que tengo y, creo que si sus lectores, entre los que me incluyo, quieren dedicarse a la escritura de guiones televisivos y cinematográficos, deberían saberlo. (...)

Gracias por su blog y buena suerte a cada uno de ustedes en sus próximos proyectos

E.R.

Querido E.R., primero, gracias por tu consulta.

Segundo: has tenido suerte, entre las mentes preclaras de este blog, te contesta una de las únicas que no está, además, llena de sucias ideas.

Tercero: me preguntas por el régimen fiscal – laboral del guionista.

Suena cachondo.

Vamos con ello.

Primero, el párrafo "disclaimer": hay un montón de situaciones diferentes, hay de todo en la viña del Señor, etc. Es decir, que, en cuanto publique esto, habrá cuarenta comentarios que dirán que en tal productora el régimen de contratación era diferente, que ellos tenían un contrato de esclavo especializado, que facturaban con IVA y que les pagaban por quinquenios.

Yo te cuento lo que es lo más habitual, según mi experiencia.

Lo más habitual es que los guionistas de una serie tengan un contrato por obra y servicio, y que la empresa no les dé de alta como empleados en nómina, sino que ellos mismos tengan que pagarse sus seguros sociales, como autónomos, y facturen a la empresa el importe pactado por su trabajo.

Hay casos en los que los guionistas trabajan casi permanentemente en la sede de la productora: ejerciendo de escaletistas o argumentistas de una serie diaria o en un departamento de nuevos desarrollos, por ejemplo. En estos casos, sí puede darse el caso de que estén en la nómina de la empresa y, por lo tanto, sea ésta la que les pague los seguros sociales. Como tú indicas, esta situación puede ser mucho más favorable para el interesado: será la empresa quien pague sus seguros sociales, y el guionista tendrá derecho a cobrar subsidio de desempleo cuando se encuentre sin trabajo, etc.

Otra opción, menos habitual, es que el guionista facture a través de una sociedad, por que lo considere más conveniente a efectos fiscales. En este caso, en lugar de ser el guionista quien facture directamente a la productora, será esa sociedad de la que el guionista es “empleado”. Por lo que sé, los costes de la creación y mantenimiento de una sociedad sólo hacen aconsejable esta opción a guionistas que tengan unos ingresos bastante altos, que estén bien asesorados fiscalmente y/o utilicen esa sociedad para otros objetos y no sólo para facturar por su trabajo.

Por categorías, como he querido insinuar más arriba, son los dialoguistas los que suelen estar, sistemáticamente, empleados como autónomos y es entre los escaletistas y guionistas que trabajan en la empresa entre los que puede darse el caso de que estén dados de alta en la nómina como empleados de la productora.

Hasta ahora he hablado sobre televisión. En cine las cosas son muy sencillas: nadie te va a dar de alta como empleado por cuenta ajena. Tal vez ya hayas tenido que hacerlo pero, si no, lo más posible es que, cuando vendas a la productora de James Cameron ese guión para la secuela de Avatar, te tocará hacer una factura. Y, para ser legal del todo, tendrás que estar dado de alta como autónomo dentro del epígrafe de guionista tanto en Hacienda como en la Seguridad Social.

Tal vez porque en Hacienda se han enterado de la legendaria incapacidad de nuestro gremio para las cuentas, los guionistas estamos incluidos (en compañía de alfareros, pintores y escultores) en un epígrafe de Hacienda, el 861, que está exento de IVA. Es decir, ni cobramos el IVA en nuestras facturas ni debemos hacer la liquidación trimestral de este impuesto que deben hacer otros profesionales.

Eso sí, frecuentemente los propios funcionarios de Hacienda no saben cuál es el epígrafe que nos corresponde. Creo que nunca he estado más cerca de convertirme en el Michael Douglas de "Un día de furia" que en la sede de Hacienda, tratando de convencer a aquella señora de que no, de que no tenía obligación de declarar el IVA y que era ella quien debía conocer el epígrafe que me correspondía. Así que, en lugar del nombre de esa chavala que tal vez os abandone o del escudo de ese equipo de fútbol que puede descender, os recomiendo que hagáis como yo y os tatuéis ese número, el 861, en cualquier parte del cuerpo que podáis miraros en público. No lo lamentaréis.

Bien, como he comentado al principio, esta es la situación que he visto durante mis años como guionista. Sin embargo, como ya anunciaba el Guionista Hastiado en su post de este viernes, en la Inspección de Trabajo de Madrid hay alguien que cree que ésta no es la situación ideal.

Ese hombre se llama Domínguez y ha venido para cambiarlo todo.

La próxima semana os contaré lo que me dijo.

(también publicado aquí, en Bloquionistas)

1 Comments:

Blogger Laura said...

¡Buenos días, Daniel!

Gracias por ilustrarnos de manera tan clara sobre la situación laboral de los guionistas en este país.

Visto lo visto, yo me considero una privilegiada porque trabajo por cuenta ajena pero para la administración.

¡Pero no soy uno de esos funcionarios que no dan palo al agua, ¿eh?!

Un abrazo de la pamplonesa de Educación y Descanso,
Laura

9:00 a. m.  

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